Cancún se distingue por ser el paraíso
natural de México, lugar que provoca al descanso, la inversión y quizá vivir la
vida de una manera libre y en paz. Capital económica del estado de Quintana Roo
y la más disputada por los partidos políticos.
Con pendientes el materia legal y
jurídica la ciudad turística más importante del estado más joven en México se
ha dado a la tarea de implementar estrategias que logren consensos entre las
diferentes fuerzas políticas y se puedan materializar propuestas de la sociedad
civil, mismas que garantizan la seguridad y el respaldo jurídico para todas las
corrientes sociales que dan vida a este polo turístico.
La comunidad de la diversidad
sexual se ha dado cita mes con mes y año con año, para exigir a las autoridades
un trato digno y apegado a los compromisos adoptados por México por medio de
los tratados internacionales, pero sobre todo cristalizando el mandato de la
Constitución, por primera vez y con el apoyo de Roberto Guzmán Rodríguez
Presidente de la A.C. Red Posithiva de Quintana Roo, se logró el consenso en
sesión de cabildo para que el Reglamento del Bando de Policía y Buen Gobierno
se modificara y las leyendas “faltas a la moral pública”, “ultrajes a las
buenas costumbres”, “atentados al pudor”, “exhibiciones obscenas” y
“comportamientos inmorales” sean eliminadas esto porque se ponía en
vulnerabilidad a nuestra comunidad.
Con estas reformas la policía no tendrá posibilidad
de hacer uso de la ley para realizar prácticas que violentaban la libertad y la
diversidad de los ciudadanos que conforman el bello Cancún. Con esto Julián
Ricalde Magaña presidente Municipal de Benito Juárez (Cancún), Quintana Roo, de
extracción perredista, cumple con su compromiso No. 46 de campaña.
Artículos que se reforman:
- · Artículo 5, fracción II del Bando de Policía y Buen Gobierno de Benito Juárez, con el objetivo de evitar que la discriminación de las personas en todos los sentidos.
- · Artículo 60, apartado A, fracción I, sustituyendo “la moral y buenas costumbres”, con una redacción que permita delimitar de manera objetiva los derechos y obligaciones entre particulares y sociedad, por lo que la propuesta es “tanto la sociedad como las personas se deben respeto, tolerancia y consideración mutua”.
- · Artículos 530, 531 y 534 en los cuales se sustituye el concepto de “moral y buenas costumbres” por “conducta cívica”. Fracciones I, IX y X del artículo 534, con la intención de establecer conductas objetivamente sancionables, y que no quede a interpretación de las autoridades los conceptos.
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